Un proceso rodeado de denuncias sobre “juego sucio” y unánime al momento de la adjudicación, fue el que le permitió a la Estructura Plural Promesa de Sociedad
Futura Concesionario Ruta del Sol S.A.S., hacerse al multimillonario contrato para la ejecución del Sector 2 de la Ruta del Sol.
Se trata del cuestionado contrato por el cual el entonces Viceministro de Transporte y Gerente General (e) del Instituto Nacional de Concesiones (Inco), Gabriel García Morales, fue capturado el jueves de esta semana por haber exigido el pago de USD6.5 millones para su adjudicación a la firma Odebrecht, de acuerdo con la investigación que adelanta la Fiscalía.
El proceso fue el No. SEA-LP-001-2009 “para seleccionar las propuestas más favorables para la adjudicación de tres contratos de concesión, cuyo objeto será el otorgamiento a cada uno de los concesionarios de una concesión para que realicen, por su cuenta y riesgo, las obras necesarias para la construcción, rehabilitación, ampliación y mejoramiento, según corresponda, del Proyecto Vial Ruta del Sol y, la preparación de los estudios definitivos, la gestión predial y social, la obtención y/o modificación de licencias ambientales, la financiación, la operación y el mantenimiento de las obras, en uno o más de los siguientes sectores en que se divide el proyecto: Sector 1: Tobiagrande/Villeta – El Korán; Sector 2: Puerto Salgar – San Roque y Sector 3: San Roque –Ye de Ciénaga y Carmen de Bolívar-Valledupar”.
En el caso del Sector 2, la audiencia de adjudicación se cumplió a las 10 de la mañana del 14 de diciembre de 2009, con la participación del entonces Ministro de Transporte, Andrés Uriel Gallego Henao; Modesto Garcés, del Mintransporte: el Gerente General (e) del Inco, Gabriel Ignacio García Morales y los funcionarios de la misma institución, David Eduardo Villalba Escobar y Claudia Fernanda Quintero Albarracín.
La audiencia fue presidida por Gabriel García Morales, asegurándole a los proponentes que “la evaluación del proceso fue unánime y no hubo disentimiento sobre sus resultados, entre el Comité Evaluador y el Comité Asesor Especial”.
Para este tramo de la Ruta del Sol fueron presentadas tres propuestas:
- Vías del Sol Autopistas S.A. PSF: Obrascón Huarte Laín S.A. (OHL); Pavimentos Colombia S.A.; Icein S.A.; Concay S.A. y Aguilar Construcciones S.A.
- Estructura Plural Promesa de Sociedad Futura Concesionario Ruta del Sol S.A.S.: Constructora Norberto Odebrecht S.A. (25%); Odebrecht Investimentos EM Infra-Estructura LTD (37%); Estudios y Proyectos del Sol S.A. - Epsilon S.A.- (33%) y CSS Constructores S.A. (4,99%).
- Unión Temporal Concesión RDS: China Railway Shisiju Group Corporation (25%), Inversiones Grandes Vías e Ingeniería Ltda. (20%), MNV S.A. (30%) y Gas Kpital GR S.A. (25%).
Seguidamente se dio a conocer la evaluación de las propuestas, cuyo resultado fue el siguiente:
- Vías del Sol Autopistas S.A. PSF., no admisible.
- Estructura Plural Promesa de Sociedad Futura Concesionario Ruta del Sol S.A.S., admisible.
- Unión Temporal Concesión RDS., rechazado.
Como consecuencia lógica de ello, Odebrecht fue el único proponente admitido, obteniendo el siguiente resultado: oferta económica, 800 de 800 puntos; apoyo a la industria nacional, 100 de 100 y oferta técnica, 100 de 100, para un puntaje definitivo de 1.000 sobre 1.000.
De inmediato, fue expedida la Resolución 641 del 15 de diciembre de 2009, por la cual se adjudica el Sector 2 por 2 billones 94 mil 286 millones de pesos.
Con posterioridad han sido firmados 10 otrosíes, destacándose los siguientes:
- El tercero, para incluir el tramo Aguaclara - Gamarra - Puerto Capulco y las vías de acceso a los demás puertos ribereños localizados a una longitud menor o igual a 5 kilómetros de distancia de Gamarra, incluidas las variantes de Aguachica y Ocaña.
- El quinto, incluye la intersección a desnivel para el acceso a Puerto Boyacá.
- El sexto, incluye la transversal Río de Oro - Aguaclara - Gamarra.
Sin embargo, durante el proceso de evaluación, la firma Odebrecht fue ampliamente cuestionada por pretender descalificar a los demás proponentes, “de una manera amenazante e insultante”, en un típico “juego sucio”.
Fue el caso de Miguel Ricaurte Lombana, apoderado de Vías del Sol Autopista S.A. (VDS), quien el 7 de diciembre de 2009, cuestionó las actuaciones de Odebrecht “consignadas en numerosos escritos al Inco, con lo que busca a toda costa sembrar dudas sobre la idoneidad del proponente VDS para participar en la presente licitación. Lo que se ha visto hasta el momento de parte de EPSFCRS (Odebrecht) es una estrategia de “arrojar todos los argumentos posibles" (por banales que resulten) con el fin de guardar la esperanza que algunos de ellos salga airoso, todo ello acompañado de un lenguaje descalificador”.
En este sentido, recordó el Pacto de Probidad suscrito para garantizar la transparencia en la licitación y en el que se señaló: “No utilizar en la etapa de evaluación de las propuestas, argumentos carentes de sustento probatorio para efectos de buscar la descalificación de los competidores”.
Por ello requirió al Inco evaluar el comportamiento de Odebrecht “quien con una interpretación muy subjetiva de la Ley pretende ampararse en exagerados formalismos y argumentos que en nada contribuyen a la sana competencia y que en últimas no le hacen bien ni al proceso, ni al Inco, ni a Colombia, ni a la participación de la inversión extranjera en nuestro país”.
El llamado no hizo efecto para VDS por lo cual, tres días después, el propio Miguel Ricaurte Lombana le dirigió una comunicación al Gerente General (e) de Inco, Gabriel García Morales, expresando preocupación por el resultado final de la evaluación que terminó habilitando a un solo proponente: Odebrecht.
“Genera preocupación las razones aducidas por el Comité Evaluador para considerar que por el hecho de no haber acreditado “Experiencia en Construcción General” (que es la necesaria para participar en el sector 1), se estime ahora que VDS no pueda participar en el Sector 2, cuando claramente VDS licitó al Sector 1, Sector 2 y para la eventualidad de resultar adjudicatario del Sector 2, una oferta en economía de escala para el Sector 1. Todo lo anterior resulta obvio comprobando que VDS acreditó diferentes experiencias para cada sector, adjuntó distintas garantías de seriedad para cada sector y presentó distintos formatos de estructura plural para cada uno de los mencionados sectores y fundamentalmente se verifica al comprobar que VDS presentó una oferta independiente para el Sector 1, otra oferta económica independiente para el Sector 2 y una tercera oferta económica con economía de escala para el Sector 1”, precisa.
Por todo lo anterior, sostuvo que “por razones que sin duda alguna generan inquietudes y resultan controversiales, se pretende que VDS no pueda participar en el presente proceso licitatorio. Y con ello, de paso, se logra que para el Sector 2 haya un solo proponente, al igual que para el Sector 1 (tal como está contemplado en las actas de respuestas). Claramente esta situación va en contravía del propósito de Inco y del Gobierno Nacional de garantizar las oportunidades y fomentar la competencia en beneficio de un proyecto de la magnitud de la Vía del Sol”.
Las sospechas de Miguel Ricaurte Lombana coinciden con el resultado de la investigación que adelanta la Fiscalía.
“La Fiscalía tiene evidencia de que el señor García exigió el pago de USD6.5 millones para garantizar que Odebrecht fuera la única firma habilitada para la licitación del Tramo Dos de la Ruta del Sol, excluyendo a otros competidores, para que le fuera otorgada la concesión, como en efecto ocurrió”, asegura el ente acusador.
Y va más allá: “Los pagos para la adjudicación del Tramo Dos de la Ruta del Sol fueron realizados por Odebrecht en Brasil, a través del Departamento de Operaciones Estructurales de esa empresa, que según las pruebas en poder de la Fiscalía era el mecanismo a través del cual esa firma hacía los pagos derivados de corrupción. La Fiscalía General de la Nación posee prueba documental sobre esos pagos”.
Contra Gabriel García Morales, la Fiscalía formulará este domingo imputación de los delitos de cohecho impropio, interés indebido en la celebración de contratos y enriquecimiento ilícito.